El Colegio de Psicólogos de San Luis es la entidad encargada de regular el ejercicio de la profesión en todo el territorio provincial.
Desde el año 2004 adquiere el carácter de personería jurídica no estatal para los fines previstos por la Ley de Ejercicio Profesional Nº XIV-0367-2004 (5700), sancionada el 29/09/2004 y promulgada el 12/10/2004.
Según lo establecido por el Artículo 1° del Estatuto, el CPSL se propone:
a) agrupar a todos los/las psicólogos/as de la Provincia de San Luis y zonas de influencia.
b) promover ante los poderes públicos la sanción de leyes tendientes a reglamentar el ejercicio de la profesión en sus distintas áreas.
c) redactar el Código de Ética Profesional que regule la conducta de los/as asociados/as en el ejercicio de la profesión, rigiéndose por el Código de Ética de la Federación de Psicólogos de la República Argentina (FEPRA) inter se dicte el Código que se trata.
d) realizar y respaldar todo tipo de actividades que sean de interés profesional y asumir institucionalmente la defensa profesional de los/as graduados/as cuando fueren objeto de discriminación en el ejercicio de la profesión.
e) promover y llevar a cabo actos culturales relacionados con las ciencias sociales y naturales que proyecten a la psicología en un marco de progreso científico, en todas sus ramas de especialización e investigación.
f) colaborar con los poderes públicos nacionales, provinciales, municipales, mediante asesoramiento, consultas y tareas que redunden en beneficio de la comunidad.
g) colaborar con las universidades nacionales, provinciales y privadas, donde se impartan cursos o carreras de psicología, en lo referente a planes de estudio, práctica e investigación.
h) organizar congresos, seminarios, cursos, conferencias jornadas y publicar trabajos científicos y/o de interés profesional.
i) establecer relaciones de reciprocidad e intercambio científico con otras entidades similares o equivalentes.
j) participar en la promoción de la salud mental de la población y en la defensa del derecho a ella, realizando tareas de orientación y prevención psicológica.
k) organizar un régimen de previsión para los/as asociados/as.
l) propugnar el reconocimiento de la actividad profesional dentro del sistema de obras sociales y realizar contratos con las mismas, pudiendo participar en los organismos habilitados para fijar aranceles y funciones profesionales, sin perjuicio de los aranceles que fijare conforme a la ley, el presente estatuto y los reglamentos que en consecuencia se dicten.
ll) propiciar el establecimiento en la provincia de la carrera del/la profesional psicólogo/a con régimen de concurso, escalafón e inamovilidad en los cargos.
m) procurar el establecimiento de la Casa del/la Psicólogo/a, que habrá de ser un complejo de carácter científico y sociocultural.
n) crear y organizar una biblioteca científica y de cultura general.